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jueves, 14 de febrero de 2013

EL DERECHO Y LAS REGLAS DE TRATO SOCIAL

Caracterización de las Regla de trato Social

Los actos humanos son regulados también por otras reglas de conducta llamadas normas o reglas de trato social.

La sociedad recoge ciertos usos y los trasforma en algo general e impone a sus integrantes y los convierte en costumbres de tipo social. Por eso ”el mayor caudal de las normas de trato social es de origen consuetudinario”.


A estas últimas se denomino reglas de trato social cuya esfera de acción abarca a círculos sociales que “Se distinguen unos de otros por la diferente situación económica, política, religiosa, cultural de sus integrantes”.


Las reglas de trato social son indicativos de convivencia para que a través de la observancia de ellas se realice en mejor forma de vida social. Su fundamento no es la justicia ni la perfección interior sino la sociabilidad humana.


Luís Recassens Fiches emanara una serie de normas de trato social.”La decencia, el decoro, la corrección de maneras, la cortesía, la gentileza la caballerosidad, la galantería, etc. Y en suma, todas las especiales deberes de comportamiento que derivan del hecho de pertenecer a un determinado circulo social”.


Relaciones entre Normas de trato Social y Derecho


Existen atributos comunes a las normas jurídicas y a las normas de un tipo social.

a) Carácter Social: Ambos tipos de normas son indicativos de convivencia, a través de la observancia se realice en mejor forma la vida social.

b) Exterioridad: Las reglas de trato social así como las normas jurídicas se refiere a la expresión de la conducta humana.

c) Heteronimia: El derecho y las reglas de trato social provienen de una fuente. El individuo esta obligado a la conducta que le impone el derecho y el trato social como aceptación de usos.

d) Bilateralidad: El derecho y las reglas de trato social, son también bilaterales. El trato social no impone solo deberes ya que quien es cortes.

Distinción entre reglas de trato social y Derecho.


Las doctrinas que ningún la distinción conceptual entre normas jurídicas y de trato social están contenidos en las tesis de Giorgio del Vecenio y Gustavo Radbruch, llamadas tesis negativas.

A) Tesis Negativas


Tesis de Giorgino del Vecenio: “La conducta humana se halla sometido a normas morales jurídicas. No cabe una tercera clase de normas entre ellas”

Pero un examen atento nos indica que o bien imponen deberes solamente y entonces pertenecen a la moral o conceden facultades y entonces pertenecen al derecho.


Tesis de Gustavo Radbruch


Niega la posibilidad de distinguir conceptualmente las normas jurídicas y las reglas de trato social. El derecho, moral y todas las formas de cultura tienden siempre a lo largo de valores, justicia, bondad, etc.

La conexión entre el derecho y trato social, no es de orden lógico sino histórico. Las normas de trato social pueden ser una etapa embrionario de los preceptos de derecho o bien una degeneración de los mismos. Entre las posiciones doctrinales que diferencian las de trato social de los del derecho, llamadas tesis positivas.


B) Tesis Positivas


Tesis de Rodolfo Stanmler.

Las normas son de dos categorías:

Unas constituyentes preceripciones de la voluntad jurídica y otras prescripciones de convivencia humana.

Los primeras pretenden valer de una manera incondicional y absolutamente. Las segundas son “invitaciones que la colectividad dirige al individuo incitándolo a comportarse de determinada forma”


Tesis de Rodolfo Chering.


Según este trato dista no solo existe un constante externo entre las normas jurídicas y las de trato social.”Existen un contraste interno, es decir hay materias que de acuerdo a su fin pertenecen al derecho y otras corresponde al trato social.

Tesis de Félix Somlo.


Los preceptos jurídicos y los de trato social se distinguen atendiendo a su diverso origen. El derecho es obra del estado y los de trato social son creación de la sociedad.

Critico.


Las normas jurídicas no siempre provienen de la autoridad legislativa, nacen también de las costumbres colectivas reconocidas como fuente de facultades y deberes.

Tesis de Luís Recassens Siches.


Las normas de trato social no se distinguen únicamente del derecho sino también de la moral ya que aun cuando se asemeje las normas morales con los tratos sociales no se identifica con ellos. Las normas de trato social y las de derecho se diferencian por la naturaleza de las sensaciones y sobre todo, en la finalidad que persiguen. Las reglas de trato social, sobre todo, en la finalidad que persiguen. Las reglas de trato social, no persiguen el cumplimiento forzado de la norma, las jurídicas persiguen como finalidad esencial la observancia del precepto.

Semejanzas y Distinciones entre normas morales y reglas de trato Social.

a) Semejanzas

1. Unas y otros imponen una conducta

2. Carecen de carácter coercitivo para vencer la resistencia de las personas.

3. Sus sensaciones no tienden al cumplimiento de la norma infringida

B) Diferencias


Bilateralidad de la Norma de trato Social, Unilateralidad de la Moral.

La norma de trato Social tiene vigencia cuando si esta en compañía de otro.”A solas no puede ser decente ni indecente, decoroso ni indecoroso”, la moral solo pende sobre la conciencia individual sin necesidad de referir una conducta u otro sujeto.

Exterioridad del trato social e interioridad de la moral.


Las reglas de trato social exigen una adhesión externa del sujeto que generalmente se hace mediante la expresión oral u otro acto de carácter sostenible. En la regla de trato social, la moral en cambio exige una conducta esencialmente interno que da al individuo una autovaloración de sus actos en los intimo de su conciencia.

Heteronimia del Trato Social y autonomía de la Moral.


Las normas de trato social imponen una conducta externa que proviene desde fuera. La moral crea una obligación sin presión exterior, un sujeto persuadido por si mismo de su obligatoriedad que radica en el fondo insobornable de su conciencia.

Carácter Social del Trato e individual de la Moral.


Las reglas de trato social toma en cuenta al individuo como integrante de una colectividad, como miembro de un grupo social.

“Las normas morales se refieren al individuo como tal, como sujeto en su vida propio e intimo y la validez de sus actos es independiente de que los demás sujetos la cumplan o no”.

1 comentario:

  1. Cuáles son las reglas de trato social? Son aquellas referidas al comportamiento humano en relación con otros miembros de un grupo social. Son también conocidas como usos sociales, convencionalismos sociales, etc., aunque estas denominaciones se consideran imprecisas por algunos autores.

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