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jueves, 14 de febrero de 2013

DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD



TITULO I

El titulo (I) del libro 2do comprende 4 capítulos que son los siguientes: Delitos contra la seguridad exterior e interior del Estado, tranquilidad publica, contra el Derecho Internacional.

Refiriéndonos en general a todo el titulo al bien Jurídico protegido es la Soberanía del Estado específicamente el Art. 110 (Sometimiento total o parcial de: la nación al dominio extranjero) realizando actos previstos en el Art. 109 que los mismos concuerdan con el Art. 17 C.P.E., 95 C.P.M.


Por que identificamos como bien jurídico protegido en este titulo es por la simple razón de que en nuestra ley fundamental C.P.E. en su Art. 1 declara que Bolivia, libre independiente soberana, multiétnica y pluricultural adopta para su gobierno la forma democrática representativa fundada en la unión y la solidaridad de todo los Bolivianos.


TITULO II


DELITOS CONTRALA FUNCION PUBLICA


En estos delitos contra la función publica remitiéndonos al titulo en general el B.J.P. identificamos el quebrantamiento de un deber, en algunos Art. De este titulo el B.J.P. es la función publica en estos delitos incurren los funcionarios públicos, podemos concordar con le C.P.M. con su Art. 176.

TITULO III


DELITOS CONTRA LA FUNCION JUDICIAL


En estos delitos contra la función judicial incurren los jueces los funcionarios del Ministerio Publico y todo los que administran la justicia por lo tanto el B.J.P. Protegido seria la justicia si el consejo de la judicatura es el órgano administrativo y disciplinario del poder judicial es el órgano que sanciona a aquellos que influyen la función judicial que el mismo ley indica en su Art.13 en su inciso numeral 1 ejercer potestad disciplinaria sobre vocales, jueces, personal de apoyo y funcionarios administrativos.

TITULO IV


DELITOS CONTRA LA FE PUBLICA


En este grupo de delitos incurren cualquier persona sea funcionario o no entre los funcionarios que pueden incurrir en este delito podemos indicar a los oficiales de los registros civil si bien indica en el Art. 14 del Decreto Reglamentario del Registro civil que son funcionarios de Fe Publica y que representan al Estado.

TITULO V


DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COMUN


Estos delitos van en contra de la seguridad común ejemplo incendios, actos dirigidos a impedir la defensa común, como bien sabemos el Art. 100 de la ley Nº 1333 indica que cualquier persona natural o colectiva, al igual que los funcionarios públicos tienen la obligación de denunciar ante la autoridad competente cualquier infracción a la norma ambiental.

TITULO VI

DELITOS CONTRA LA ECONOMIA NACIONAL LA

INDUSTRIA Y EL COMERCIO


Este titulo se refiere y todos los delitos contra la economía nacional, la industria y el comercio, si bien ya lo menciona en el titulo estos delitos comenten tanto funcionarios públicos y particulares, en cuanto a los funcionarios, el Art.4 de del Decreto Supremo Nº 23318 mencionando de la siguiente manera. Para que la, administración sea considerada eficaz, económico, deficiente, debe alcanzar las metas propuestas en los programas de operación.

En los delitos contra la industria tiene que ver con Derecho laboral ya que en el Art. 234 del Código Penal tipifica como delito huelgas o paros declarados ilegales sin embargo L.G.T. y da derecho a la huelga al trabajador con justa causa.


TITULO VII


DELITOS CONTRA LA FAMILIA


En principio seria mejor identificar el B.J.P. el buen judicial protegido de los delitos tipificados en este titulo es la integridad familiar, el Art. 240 tipifica como bigamia 2 actos de matrimonio sin haber disuelto el otro, es bien claro el funcionamiento para ser mas clara lo concordancia con Art. 82 del Código de familia que lo tipifica la misma, el legislador lo tipifica este, delito con el fin de proteger la integridad familiar.

TITULO VIII


DELITO CONTRA LA VIDA Y LA

INTEGRIDAD CORPORAL


Siempre es muy importante identificar el B.J.P. antes de empezar la fundamentación en este caso el B.J.P. es la vida el legislador tipifico todos los Art. De este titulo con el fin de proteger la vida sin distinción algún ej: la edad tal es el caso del Art. 278 del mismo titulo si bien indica con el Art. 32 del Código niño niña y adolescente que los padres están obligados a prestar sustento, guarda, protección y educación a los hijos.

TITULO IX


DELITOS CONTRA EL HONOR


En este grupo de delitos el legislador trata de proteger la reputación de cada una de las personas tal es el caso del titulo 282,285 que afectan al la reputación de las personas tanto colectivas e individuales, tal vez seria muy importante citar a los medios de comunicación en algunos casos cometer estos delitos amparándose en el Art.7 de la Constitución Política del Estado en su inciso b, que el mismo indica que toda persona tiene derecho a emitir libremente sus ideas y opiniones para cualquier medio de difusión.

TITULO X


DELITOS CONTRA LA LIBERTAD


En este caso el B.I.P., es la libertad remitiéndonos al Art. 298 podrá fundamentar de la siguientes manera que nadie puede privar a otro de su libertad personal de la misma manera indica que nadir puede impedir libertad al trabajo, a la profesión al oficio, comercio o industria el Art. 305 del mismo titulo que mismo podemos concordar con el Art.7 y es específicamente el inciso D.

TITULO XI


DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL


Este grupo de delitos protegen la integridad corporal ya que violación, estupro, etc. Afectar a la integridad corporal de la victima para hacer una fundamentación a fondo la mencionaremos Art.308 bis del mismo titulo ya que los interesa mas este delito es totalmente indignante por la simple razón, de afectar a una menor que la misma invita toda su vida a una menor que la misma vivirá toda su vida con su trauma que ya es difícil de reparar que el mismo concordaremos con el Código niño, niña adolescente y con el Art. 105 que el mismo menciona, tiene respeto a la integridad física, psíquico y moral además preservación de la imagen etc.

TITULO XII


DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD


El B.I.P. de estos delitos es la propiedad privada el legislador tipifica estos delitos con el fin de proteger la propiedad privada tal es el caso del hurto robo, etc. Concordaremos con la Constitución Política del Estado con su Art. 7 inciso I) en el cual menciona de que toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual y colectivamente simple cuando cumple una función.

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